REQUISITOS SOBRE LA LICENCIA A RENOVAR

  • Se renovarán licencias de conducir emitidas por el Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, con fecha de Expedición que comprende del 1º de Enero de 2012 a la fecha. Si se desea tramitar licencia por primera vez, el conductor deberá acudir al Módulo de su preferencia a efectuar el trámite correspondiente.

 
  • La licencia deberá estar vencida o estar a 30 días o menos de vencer. En caso de estar aún vigente y su período de expiración sea superior a 30 días, el conductor deberá acudir al módulo de licencias a solicitar su reposición por extravío o pérdida.

 
  • Sólo se podrá renovar licencia de conducir de los siguientes tipos:

    - Chofer Particular
    - Motociclista
    - Automovilista
NOTAS
 
  • Por disposición legal, a partir de 2016 ya no se expiden licencias de tipo automovilista, éstas se emitieron del 1 de Enero de 2012 a 31 de Diciembre de 2015. A este tipo de documentos corresponderán actualmente las licencias tipo “Chofer particular”, de acuerdo al Artículo 19 de la Ley de Tránsito del Estado de Coahuila.

 
  • Por disposición legal, a partir del 4 de Septiembre de 2015 no se expiden licencias a menores de 18 años, por lo que no existe en Coahuila el tipo de licencias para menores de edad.

 
  • No se podrán renovar licencias de tipo “Chofer Público”. En su caso, el conductor debe de acudir personalmente al Módulo de licencias y presentar su Tarjetón de identificación como servidor de transporte público de pasajeros o personal.

 
  • No se podrán renovar licencias de tipo “Extranjero”. En estos casos el titular de la licencia deberá acudir personalmente al Módulo de emisión de licencias, para acreditar su legal estancia en el país (Artículo 126 del Reglamento de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Coahuila de Zaragoza) a través de la “Tarjeta verde” que emite el Instituto Nacional de Migración.

 
  • No se podrán renovar licencias si se encuentran Suspendidas o Canceladas.